El gobierno cubano ha anunciado que legalizará a partir del 29 de julio las redes privadas y de Wi-Fi con acceso a Internet, y los cubanos celebran por adelantado la buena noticia. Pero, ¿cuánto costará para un particular el acceso a este tipo de servicios?
Según recoge la Gaceta Oficial cada persona jurídica deberá abonar al gobierno desde 800 a 8000 pesos para usar el espectro radioeléctrico con equipos importados a la isla con ese fin, así como 2000 pesos por cada antena exterior.
Según la Resolución 98, publicada este miércoles, "las personas jurídicas autorizadas a comercializar en el país los equipos de telecomunicaciones y sus dispositivos auxiliares, deben obtener un permiso" valorado en 8000 pesos "en la moneda que corresponda" para acceder a "las bandas de frecuencias de 2400 MHz a 2483.5 MHz, 5150 MHz a 5350 MHz, 5470 MHz a 5725 MHz y 5725 MHz a 5850 MHz".
Esta licencia durará cuatro años y los equipos deberán ser aprobados antes de su entrada al país por la Dirección General de Comunicaciones. Si no tienen el Certificado de Homologación, serán sometidos a pruebas en esa entidad, cuyo coste será sufragado "en su totalidad por el solicitante".
Así mismo, las personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones) que importen directamente sus equipos deberán abonar 1000 pesos por "las licencias temporales expedidas por un periodo no superior de un mes" para usar el espectro radioeléctrico.
Quienes tengan licencias permanentes abonarán 800 pesos "más dos mil pesos por cada antena exterior". En el caso de que modifiquen la licencia deberán pagar 100 pesos más y otros 2000 por cada nueva antena exterior, apunta la citada resolución.
La aclaración del Ministerio de Comunicaciones (Mincom) de Cuba limita así la entrada al país de cualquier equipo que puede ser utilizados en las redes Wi-Fi no comprendidas en las bandas 2400 Mhz a 2483.5 Mhz y 5725 Mhz a 5850 Mhz y que no exceda los 100 miliwatt (mW), equivalente a 200-300 metros.
Los ciudadanos que importen antenas o cualquier otro material para uso personal en ese rango no deberán pagar la licencia de uso del espectro radioeléctrico, pero sí deben tener una autorización técnica. En el caso de no tenerla, las autoridades decomisarán los ‘nanos’, como se conoce popularmente a los equipos utilizados para emitir conexiones inalámbricas.
Esta resolución no incluye a "los equipos y dispositivos que formen parte de equipos terminales, tales como laptops, palmtops, Personal Digital Assistant conocida en inglés por sus siglas PDA, terminales de tipo celular, DVD, impresoras y otros similares", puntualiza el texto.
La Resolución 99 del Mincom, por su parte, establece que en el caso de las redes privadas de datos que normalmente se establecen por cables, el país evaluará las peticiones de instalación de fibra óptica por personas jurídicas, que se harán después de recibir una licencia.
El monto a pagar por esa instalación no aparece en la Gaceta Oficial. Sin embargo, sí reflejan además de los 10 pesos por persona naturales y 30 por personas jurídicas, un coste de 100 pesos cuando sean redes de campo y de 300 cuando sean redes territoriales.
En el caso de modificar esas redes, deben abonar la mitad de su precio.
Según esta resolución las redes de campo son en las que "el alcance geográfico abarca un complejo docente, hospitalario o industrial, cultural, científico u hotelero, entre otros, y está claramente delimitada su área por una demarcación perimetral y controlado por su titular el acceso al interior del recinto".
Así mismo, aclaran que la redes territoriales son "de área geográfica amplia que conecta puntos de red distantes entre sí dentro o más allá del entorno de una ciudad".
De momento, las resoluciones del Mincom no mencionan la posibilidad de que empresas extranjeras inviertan en Cuba.