Sancionan a presuntas revendedoras de tickets en colas para comprar splits en Pinar del Río

El régimen sancionó a un año de privación de libertad subsidiado por trabajo correccional sin internamiento y multa de 300 cuotas de 10 pesos
Sancionan a presuntas revendedoras de tickets en colas para comprar splits en Pinar del Río
 

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Como es conocido, desde el 2018 cuba atraviesa por una fuerte crisis económica que ha provocado la escasez de muchos productos y como consecuencia de esto los cubanos se han visto obligado a hacer grandes colas en las tiendas y establecimientos comerciales para poder adquirir insumos de primera necesidad y otros que contribuyen a elevar la calidad de vida.

Si a esto le sumamos el desempleo y los bajos salario que paga el régimen, tenemos la fórmula perfecta para que aparezca la figura del colero, cubanos y cubanas que se dedican a hacer colas solo para ganar algunos pesos comprando los productos para otros, o vendiendo su turno en la fila a aquellos que no pueden o no quieren levantarse desde horas tempranas de la madrugada para poder realizar las compras.

El problema con los coleros es que son perseguidos y sancionados por el régimen, incluso, por el delito de actividad económica ilícita, que en Cuba es aplicado por vender cualquier cosa sin tener licencia de cuentapropista.

Este 10 de julio, el diario estatal Guerrillero, perteneciente a la provincia de Pinar del Río, publicó un artículo donde expone el caso de dos ciudadanas que fueron sancionadas por el presunto delito de revender tickets en colas para comprar splits.

"Como parte del enfrentamiento a las indisciplinas sociales e ilegalidades y en respuesta a continuas quejas de la ciudadanía, oficiales de la Policía Nacional Revolucionaria de Pinar del Río detuvieron a las ciudadanas Vivian Clara Castillo Suárez y Alioska Danay Echevarría Castillo, el 26 de junio de 2020", precisa Guerrillero.

Según el texto del diario estatal, ambas ciudadanas "se encontraban en la cola para adquirir artículos en MLC en las afueras de la tienda La Capitana y por el precio de 30 CUC vendieron el tique de su turno a otros ciudadanos, que por varios días ocuparon la cola con el propósito de comprar los split que se ofertaban".

Como parte del proceso contra ellas, se les aplicó "detención preventiva al juicio oral y público solicitado por la Fiscalía, según el procedimiento sumario", y el Tribunal Municipal Popular de Pinar del Río las sancionó, por el delito de actividad económica ilícita, "a un año de privación de libertad subsidiado por trabajo correccional sin internamiento y multa de 300 cuotas de 10 pesos cada una", señaló el Guerrillero.

En el caso de Alioska Danay Echevarría Castillo, le fue impuesta además, "la sanción accesoria de prohibición de frecuentar las tiendas de ventas de productos en MLC, conforme al artículo 41 del Código Penal", que de incurrir en esa infracción, "tipificaría otro delito denominado incumplimiento de sanciones accesorias, con marcos penales de tres meses a un año de privación de libertad o multa de 100 a 300 cuotas u ambas".

Según el Guerrillero, en estos momentos ya las sentencias son firmes.

 

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