Rosalía Viñas, Carlos Sebastian Hernández y Michel Matos, otros tres "regulados"

Esta semana, al menos tres activistas independientes fueron impedidos de viajar por la Seguridad del Estado.
Rosalía Viñas, Carlos Sebastian Hernández y Michel Matos, otros tres "regulados"
 

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Por cuarta ocasión, las autoridades de la aduana cubana le prohibieron la salida del país a Rosalía Viñas, quien trabaja como periodista en la revista independiente Convivencia.

En declaraciones a la emisora Radio Martí, Viñas comunicó que este miércoles se disponía a viajar hacia Suecia, a un taller sobre periodismo de gobernanza e Internet al cual estaba invitada, pero en el Aeropuerto Internacional "José Martí" de La Habana las autoridades le comunicaron que no podía embarcar.

Viñas, residente en Pinar del Río, tuvo que esperar tres horas para recoger su maleta, que ya había sido embarcada por la aerolínea.

Agentes del MININT le informaron argumentaron que está "regulada" con una “Prohibición de Salida”, sin mayores explicaciones.

Este jueves, las autoridades del Aeropuerto también impidieron el viaje del pastor Carlos Sebastian Hernández de Armas, secretario general de la Convención Bautista de Cuba Occidental.

Por su parte, el activista y productor cubano Michel Matos también informó en su cuenta de Facebook que ayer se le impidió embarcar en el aeropuerto cuando se disponía a viajar a Dublín, Irlanda, para formar parte del encuentro de defensores de Derechos Humanos “Front Line Defenders”, que tendrá lugar del 2 al 4 de octubre.

La lista de ciudadanos cubanos a los que el Gobierno ha impuesto la etiqueta de "regulados" la integran ya unas 150 personas, según los cálculos más conservadores de algunos activistas.

El diario independiente 14 y medio publicó recientemente un reportaje sobre este mecanismo, con el que las autoridades restringen arbitrariamente la libre circulación de los opositores, y que se ha consolidado en los últimos años como método represivo habitual.

La libre circulación de personas está consagrada tanto por el artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos como por el 52 de la Constitución cubana.

Aunque en ambos casos, y en todos los Estados, es un derecho sometido a regulaciones, el gobierno cubano la aplica como medida represiva, limitando el margen de maniobra legal de los afectados.

La legislación cubana contempla varios supuestos apara impedir los viajes: estar sujeto a un proceso penal, tener pendiente el cumplimiento de una sanción penal o medida de seguridad, estar cumpliendo el Servicio Militar o ser considerado "una fuerza de trabajo calificada para el desarrollo social y científico técnico del país".

Sin embargo, las autoridades suelen aprovechar la discrecionalidad de otro supuesto legal, que reza: "de interés público o de Defensa y Seguridad Nacional", sin mayores precisiones.

 

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