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Privación de libertad de Jorge Martín Perdomo y Nadir Martín Perdomo es arbitraria, reconoce la ONU

Así lo dictaminó el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU

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Hermanos presos políticos del 11J Jorge y Nadir Martín Perdomo
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Creado: March 19, 2025 3:48pm

Actualizado: March 19, 2025 4:37pm

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU concluyó que la privación de libertad de Jorge Martín Perdomo y Nadir Martín Perdomo, presos políticos del 11J en Cuba, es arbitraria. 

La organización independiente Justicia 11 manifiesta que se confirma lo que siempre han denunciado: "en Cuba manifestarse pacíficamente es castigado con prisión. Y exigen la liberación inmediata y la de todas las personas encarceladas por motivos políticos".

La resolución del citado grupo de trabajo recoge que transmitieron "el 1 de mayo de 2024 al Gobierno de Cuba una comunicación relativa a Jorge Martín Perdomo y Nadir Martín Perdomo y le solicitó que presentase una respuesta a más tardar el 1 de julio de 2024. El 1 de julio de 2024, el Gobierno solicitó una extensión del plazo que fue concedida por el Grupo de Trabajo, estableciendo como fecha límite el 31 de julio de 2024. El Gobierno de Cuba envió su respuesta el 5 de agosto de 2024". 

La información manejada por el grupo de trabajo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU revela las arbitrariedades en el arresto y posterior procesamiento judicial de los hermanos Jorge Martín Perdomo y Nadir Martín Perdomo. 

Según la resolución emitida, "si se ha presentado un caso prima facie de violación del derecho internacional de los derechos humanos que constituye detención arbitraria, debe entenderse que la carga de la prueba recae sobre el Gobierno, en caso de que desee refutar las alegaciones. Las meras afirmaciones de que se han seguido los procedimientos legales no son suficientes para refutar las alegaciones de la fuente".

El régimen cubano respondió al grupo de trabajo de la ONU repitiendo el discurso de que las manifestaciones del 11 de julio del 2021 "no pueden tildarse de 'pacíficas' ya que derivaron en acciones violentas que pusieron en peligro la paz y estabilidad del Estado. Además, tales actos violaron las medidas sanitarias vigentes dada la pandemia de COVID-19, que en ese preciso momento se encontraba en su más alta manifestación".

Aunque la dictadura insistió en que "los Sres. Martín Perdomo estuvieron involucrados en protestas presuntamente violentas, no ha proporcionado información suficiente que demuestre la necesidad de la prisión provisional en estas circunstancias", concluye la resolución.

Además, el Grupo de Trabajo observa que la prisión provisional fue ordenada por los fiscales y no por los jueces. No hay indicios de que los detenidos pudieran apelar esta decisión ante un juez. Lo anterior evidencia que los Sres. Martín Perdomo fueron sometidos a prisión provisional en ausencia de una evaluación judicial individualizada. Por lo anterior, el Grupo de Trabajo considera que la detención de los Sres. Martín Perdomo ha sido llevada a cabo sin las garantías establecidas en el artículo 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, por lo que su detención es arbitraria.

La resolución del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU "pide al Gobierno de Cuba que adopte las medidas necesarias para remediar la situación de los Sres. Martín Perdomo sin dilación y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos".

Los hermanos Jorge y Nadir Martín Perdomo fueron sentenciados a ocho y seis años de cárcel, respectivamente, tras manifestarse de forma pacífica el 11J en San José de las Lajas, en la provincia de Mayabeque, una de las más de 60 localidades del país donde estalló el levantamiento popular.

ADNCUBA

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